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Impuesto al Valor Agregado (IVA) – ¿Qué deberíamos saber?

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Impuesto al Valor Agregado (IVA) – ¿Qué deberíamos saber?

Es comúnmente conocido que el IVA es pagado por el consumidor final y se le suele llamar impuesto indirecto.

Si debiéramos definir qué es el Impuesto al Valor Agregado –IVA-, podríamos destacar, al menos, tres elementos claves: el hecho que lo genera, que puede entenderse como el consumo de bienes y servicios; quien lo financia, es decir, el consumidor final y, por último, la forma en que se retribuye al Fisco Nacional como un impuesto de tipo indirecto.

A fin de responder algunas interrogantes relacionadas con el IVA, he aquí algunos tips y preguntas frecuentes que nuestros lectores realizan con relación al tema:

Si poseo RIF como persona natural, ¿Donde se ve reflejado el cobro del Impuesto al Valor Agregado y cómo se entera al fisco?
Cada vez que se facture alguna transacción establecida en la normativa de la Ley del IVA como hecho imponible, se deberá cobrar el IVA, el cual se verá reflejado en la facturación que se emita. En cuanto a la forma en que se reporta el pago al fisco, la ley enumera los medios para tal fin, para ello, les recomendamos a los lectores revisar los artículos 59, 60 y 61 del Reglamento General de la Ley del IVA.

¿Cuándo me corresponde pagar el IVA?
El pago del IVA, como impuesto indirecto, se realiza mensualmente, teniendo como fecha límite de pago los primeros 15 días cada mes. El artículo número 60 del Reglamento General de la Ley del IVA establece cuál es el medio y el período en el cual corresponde pagar este impuesto; en este punto, le sugerimos al lector consultar dicho reglamento para obtener mayor detalle.

¿Los servicios prestados por médicos deben cobrar IVA al emitir sus facturas o están exentos al cobro del IVA?
En el artículo 19 de la Ley del IVA, encontramos una lista a aquellas actividades o servicios exentos del IVA, entre ellas, se incluyen los servicios médico-asistenciales y odontológicos, cirugía y hospitalización. Si desea una explicación más detallada le sugerimos consultar la ley o asesorarse con un abogado o contador de confianza.

Próximamente estaremos publicando algunas de las consultas y dudas frecuentes de los usuarios con relación al tema del Impuesto al Valor Agregado. Si desean compartir alguna opinión o inquietud, pueden utilizar este espacio para consultas.


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42 comentarios

  1. si soy persona natural y tengo facturero y empese a registrar iva en junio del año pasado y quiero declarar el iva tengo alquna consecuenencia o empiezo desde enero desde este alo

    • Luis Pacheco

      Buenos días Lucy:
      El reglamento de la ley del IVA -artículos 59, 60 y 61- establecen el momento y los medios para la declaración de este impuesto. Si requieres de algún otro tipo de asesoría le recomendamos consultar con un abogado o contador de confianza, a fin de que le indique el procedimiento a seguir en este caso. Gracias por escribirnos. ¡Saludos cordiales!

    • Nerio Colmenares

      Amigo, buenas tardes el portal lo dejara hacer mes a mes las declaraciones correspondientes, claro esas declaracion estan a destiempo, pero en caso de alguna fiscalizacion por el fisco nacional sera sancionado con multas o cierres temporales.

      pero lo mejor q puedes hacer es empezar de una vez a declarar…

  2. John Martinez

    Buen día

    Actualmente ejerzo mi profesión de forma independiente y facturo por por honorarios profesionales.

    Del iva facturado la empresa solo me retiene el 75%, el otro 25% debo declararlo y pagarlo.

    De ese 25% se puede deducir el iva de alguna facturación que se me genera por prestar mis servicios?, por ejemplo servicios de telefonía movil, internet, estacionamientos, servicios de auto, gastos de representación, papelería, etc?

    Gracias por su atención

    • Luis Pacheco

      Buenos días John:
      Para este tipo de consultas le sugerimos consultar con su abogado o contador de confianza, de manera tal que le indique el procedimiento adecuado a seguir en este caso. ¡Muchas gracias por escribirnos!

    • Buenas tardes, si tu tienes una firma unipersonal, ese 25% si se deduce siempre y cuando las compras que realices lleven tu nombre y rif. recuerda que debes llevar el libro de compras: todas las compras que realices asi sean de articulos personales y tus ventas: tus servicios profesionales, esto es ,repito en caso de que tengas una firma unipersonal que es lo mas seguro ya que presatas servicios profesionales..ok

  3. hola tengo un taxi le presto servicio a una empresa que me exige factura, ahora me exige que refleje iva esta actividad se le aplica iva que debo hacer

    • Luis Pacheco

      Buenos días Nelba:
      Efectivamente, debe reflejar el cobro del IVA. Recuerde que sobre el monto bruto a cobrar debe aplicar el porcentaje de IVA actual. Saludos cordiales

    • hola Nelba, el servicio de taxi, no está tipificado como una actividad gravada por la ley del IVA, según lo estipulado en su art. 19. Están exentas del impuesto previsto en esta Ley, las prestaciones de los siguientes servicios: 1. El transporte terrestre y acuático nacional de pasajeros.

      Puedes pasar una carta a la empresa, donde explicas y citas el art. 19 de la ley IVA, por lo cual no facturarás tus servicios con impuesto

  4. como sabe una… una persona natural como y cuanto debe de los impuestos sobre la renta….

    • Luis Pacheco

      Buenas tardes Cindy:
      En este caso la persona deberá consultar con su contador de confianza a fin de que le indique el proceso. Todo empezará con la ARI, también debes registrarte en el portal fiscal del SENIAT. ¡Saludos cordiales!

  5. MaryGaby

    Hola! Acabo de registrar una empresa. A partir de cuando debo empezar a pagar el iva?

    • Luis Pacheco

      Buenas Tardes MaryGaby:
      Comienzas a generar el IVA desde la primera transacción comercial. Esto es lo que la normativa de la Ley del IVA califica como hecho imponible. En cuanto a la forma en que se reporta el pago al fisco, la ley enumera los medios para tal fin, le sugerimos revisar los artículos 59, 60 y 61 del Reglamento General de la Ley del IVA o consultar con su abogado o contador de confianza. ¡Saludos cordiales!

  6. RAMON FLORES

    como y cuando debo pagar el iva facturado y no cobrado en el mes sino 2 o 3 meses despues

    • Luis Pacheco

      Buenas tardes Ramón:
      La Ley del IVA y su reglamento establecen los períodos y las formas en que debe enterarse el IVA al fisco nacional. El pago del IVA se realiza mensualmente, teniendo como fecha límite de pago los primeros 15 días cada mes. El artículo número 60 del Reglamento General de la Ley del IVA establece cuál es el medio y el período en el cual corresponde pagarlo; si lo desea, puede consultar con su abogado o contador de confianza a fin de que le indique el procedimiento a seguir según su caso. ¡Saludos cordiales!

  7. Los odontologos deben presentar declaracion informativa del IVA semestralmente. Dependiendo del nivel de ingresos esta declaracion informativa debe ser trimestral??

    • Luis Pacheco

      Buenas tardes Ricardo:
      Para obtener información específica con relación a su consulta, le sugerimos asesorarse con su abogado o contador de confianza.

  8. JOSE L BRITO

    B DIAS, COMO SABER CUANTO ES LA TASA ACTUAL DEL I.V.A., Y CUANDO FUE LA ULTIMA MODIFICACION, GRACIAS

    • Luis Pacheco

      Buenos días José:
      La tasa actual de IVA puede ser consultada directamente en el portal fiscal del SENIAT, incluso podrás verificar la última modificación. ¡Saludos cordiales!

  9. Norelys Casado

    Buenos días, un proveedor está facturando el pago de los impuestos municipales por arrendarnos unos pendones en la ciudad de maturín y cobraron IVA sobre ese monto (el de los impuestos municipales). ¿Eso es legal? Saludos y gracias de antemano.

    • Luis Pacheco

      Buenas Tardes Norelys:
      En este caso le recomendaríamos consultar con un abogado o contador de confianza, ya que el tema de impuestos municipales tiene ciertos aspectos que ameritan de la asesoría especializada. ¡Saludos cordiales!

  10. HOLA EN LA DECLARACION DE RET DE IVA, SE ME PASO UN NUMERO DE CORRELATIVO DE COMPROBANTE….COMO PUEDO CORREJIRLO.GRACIAS

  11. buenos dias, si yo tengo un negocio de estampados de ropa, puedo hacer un talonario de facturas a mi nombre y dar facturas con mi nombre y rif?

  12. quisiera saber si las facturas deben ser realizadas en numeros indicando dia fecha año o numeros y letras y cual es el articulo que me hable de eso o la providencia

    • Luis Pacheco

      Buenas Tardes Arístides, la providencia 0071 establece todas las características que deben tener las facturas, formas y máquinas fiscales. Al respecto puedes leer los artículos 13 al 24. ¡Saludos cordiales!

  13. Isleyer Gallardo

    Hola que tal? en el año 2007 registre una firma personal y realice mi tramite del RIF pero por problemas personales jamas inicie la actividad económica, hoy quisiera retomar esta empresa e invertir en ella, pero antes de realizar ese paso quisiera saber los inconvenientes que esto podría acarrearme con respecto al fisco! Gracias

    • Luis Pacheco

      Buenos días Isleyer, puedes retomar tu actividad. Ahora bien, con relación a los inconvenientes que podrías tener por no haber declarado durante el período la inactividad de la firma, te sugerimos consultar con un abogado o contador de tu confianza. ¡Saludos cordiales!

  14. Pablo Gomez

    Hola buenas noches, registre una compañia el 20 de junio de este año , hasta la fecha no he emitido ninguna factura legal, sin embargo en el mes de octubre realice varias compras para el local de inmuebles y materiales para acondicionarlo. La duda es que me acabo de registrasr en la pagina del Seniat y veo que mensualmente debo declarar el IVA, puedo declarar en 0 los meses que no he estado abierto? ya que el negocio comenzara Dios mediante en Enero, que debo hacer con los meses en que no he hecho declaracion electronica. Saludos.

    • Luis Pacheco

      Buenas tardes Pablo:
      A partir de ahora debes empezar a declarar, justo desde el momento en que generas tu documento fiscal o factura. Si en los meses a los que te refieres no hubo ninguna actividad ni generaste factura alguna, entonces no tienes nada que declarar fiscalmente. ¡Saludos cordiales!

  15. Buenas tardes tengo una duda con respecto a poder realizar facturas:

    Yo puedo hacer factura solamente teniendo mi Rif como persona natural?
    Pero igualmente tendria que registrarme en el seniat?

    Y si hago una firma unipersonal? En mis facturas aparece mi rif personal (C.I.)? y nombre personal? o podria ser otro?

    • Luis Pacheco

      Buenas tardes Jesús, al tener tu RIF personal ya estás registrado ante el SENIAT.
      Puedes crear una firma personal si lo deseas, en caso de que así sea, tienes que decidir entre usar tu nombre o la firma personal para emitir tus facturas. La firma personal debe estar registrada también ante el SENIAT y no debes utilizar otra denominación o nombre adicional que no esté registrado fiscalmente. ¡Saludos cordiales!

  16. james gutierrez

    buenos dias,estoy constituyendo una firma personal y deseo saber si es necesario inscribirla en el seniat y si debo llevar los libros de contabilidad.gracias

    • Luis Pacheco

      Buen día James, efectivamente, debes registrarla en el SENIAT para que esté asociada al número de RIF. ¡Saludos cordiales!
      Tal como lo estipula la legislación mercantil venezolana, tendrás que llevar libros y todos los registros necesarios de las transacciones que realices con tu firma personal.

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